Establish minimum of women and men who must integrate list of candidates to the Congreso de la República
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció el número mínimo de mujeres y varones que deben integrar lista de candidatos al Congreso en los distritos electorales para las elecciones generales del 2006, mediante la resolución 304-2005-JNE publicada en el boletín de normas legales del diario El Peruano.
Lista de candidatos al Congreso con número mínimo de mujeres y varones
24 Horas
13 de octubre
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció el número mínimo de mujeres y de varones que deben integrar las listas de candidatos al Congreso correspondiente a cada uno de los distritos electorales para los comicios generales del 9 de abril.
Mediante una resolución publicada hoy en el boletín de normas legales del diario El Peruano, el máximo organismo electoral indica que la cifra mínima tanto para varones o mujeres es como sigue:
Amazonas uno, Ancash dos, Apurímac uno, Arequipa dos, Ayacucho uno, Cajamarca dos, Cusco dos, Huancavelica uno, Huánuco uno, Ica dos, Junín dos, La Libertad tres, Lambayeque dos.
Lima 11, Loreto uno, Madre de Dios uno, Moquegua uno, Pasco uno, Piura tres, Puno dos, San Martín uno, Tacna uno. Tumbes uno, Ucayali uno, la provincia constitucional del Callao dos.
El artículo 116 de la Ley Orgánica de Elecciones dispone que las listas de candidatos deben incluir un número no menor de 30 por ciento de mujeres o de varones, y en las circunscripciones en las que se inscriba listas con tres candidatos, por lo menos uno de los candidatos debe ser varón o mujer.