{"id":1607,"date":"2007-07-18T10:24:34","date_gmt":"2007-07-18T18:24:34","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/2007\/07\/18\/1607\/"},"modified":"2010-09-30T08:41:05","modified_gmt":"2010-09-30T16:41:05","slug":"1607","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/2007\/07\/18\/1607\/","title":{"rendered":""},"content":{"rendered":"<p>Very interesting analysis piece by Julio Arbizu Gonz\u00e1lez for Chile&#8217;s <a href=\"http:\/\/www.elmostrador.cl\/modulos\/noticias\/constructor\/noticia_new.asp?id_noticia=222861\">El Mostrador<\/a> on Judge Alvarez&#8217;s ruling.<\/p>\n<p><!--more--><br \/>\n<em><strong><a href=\"http:\/\/www.elmostrador.cl\/modulos\/noticias\/constructor\/noticia_new.asp?id_noticia=222861\">Chile y el proceso de extradici\u00f3n de Fujimori: \u00bfcu\u00e1nto nos cuesta aprender? <\/a><br \/>\npor Julio Arbizu Gonz\u00e1lez, Abogado del Congreso de la Rep\u00fablica del Per\u00fa, ex miembro de Procuradur\u00eda Ad Hoc para el procesamiento de Fujimori<br \/>\nEl Mostrador (Chile), 18 de Julio del 2007 <\/strong><br \/>\nQui\u00e9n sabe si el 14 de noviembre de 2000, cuando Alberto Fujimori sali\u00f3 del Per\u00fa rumbo al sultanato de Brunei para asistir a la VIII Cumbre de la APEC, ya sab\u00eda que el dinero que llevaba en sus poderosas maletas, terminadas de llenar con los v\u00eddeos que Vladimiro Montesinos no podr\u00eda tener (es decir, aquellos que lo incriminan personalmente) le asegurar\u00eda la impunidad.<br \/>\nQui\u00e9n sabe si el 20 de noviembre, mientras enviaba el fax con el que renunciaba al cargo de Presidente de la Rep\u00fablica, al que meses antes hab\u00eda optado en votaci\u00f3n ama\u00f1ada, ya ten\u00eda certeza de su futuro pol\u00edtico por ese lado del mundo.<br \/>\nEl caso es que, de este lado, muy pocos nos imagin\u00e1bamos el escenario en el que el fallo del juez chileno Orlando Alvarez nos iba a colocar, luego del dictamen de la Fiscal M\u00f3nica Maldonado, que encontraba indicios razonables en cada uno de los doce cuadernos en que se recomendaba la aprobaci\u00f3n de la extradici\u00f3n.<br \/>\nEl juez Alvarez ha rechazado el pedido de extradici\u00f3n de Fujimori haciendo uso de argumentos prestados del fujimorismo m\u00e1s delirante. Ha repetido la letan\u00eda imberbe que balbucean todos los seguidores del ex dictador para escardar sin \u00e9xito la paja del trigo: \u201cMontesinos es un criminal, y merece una condena rigurosa, pero Fujimori nunca estuvo al tanto de su conducta criminal\u201d. A seis a\u00f1os de su bochornosa huida del pa\u00eds, \u00e9ste algo ha madurado y se resiste a creer en cuentos chinos.<br \/>\nAlvarez ha sostenido que no se ha demostrado que Fujimori hubiera participado, bajo ning\u00fan t\u00edtulo de imputaci\u00f3n, en los delitos por los que se le requiere. Respecto de los casos La Cantuta y Barrios Altos se\u00f1ala que \u201clas acciones militares que derivaron de estos hechos delictivos en caso alguno pueden haber sido autorizadas ni menos conocidas por el requerido\u201d.<br \/>\nEl estudio sesgado del juez chileno no le ha permitido tomar en cuenta las declaraciones del ex Comandante General del Ej\u00e9rcito Nicol\u00e1s de Bari Hermoza R\u00edos y del cabecilla del grupo paramilitar de aniquilamiento Colina, Santiago Martin Rivas, ambas incluidas en el expediente sobre el caso Barrios Altos y en el cuaderno de solicitud de extradici\u00f3n correspondiente.<br \/>\nAmbos coinciden, uno en su declaraci\u00f3n instructiva en el proceso por el crimen de Barrios Altos, el otro en una declaraci\u00f3n ante un periodista, que luego dar\u00eda lugar a un libro que aport\u00f3 contundentes revelaciones sobre la responsabilidad que le cupo a Fujimori en las acciones del grupo Colina, que los hechos fueron de conocimiento absoluto del ex presidente.<br \/>\nPor el contrario, dando muestras de una nefasta selectividad, Alvarez se apoya en la declaraci\u00f3n del Coronel Julio Ram\u00edrez C\u00f3rdova (Jefe de la Divisi\u00f3n de las Fuerzas Especiales del Ej\u00e9rcito) quien se\u00f1al\u00f3 que \u201creconoce las instrucciones presidenciales que ordenaban el respeto irrestricto de los derechos humanos\u201d.<br \/>\nTampoco ha valorado el juez Alvarez, las cartas de felicitaci\u00f3n que Alberto Fujimori hiciera llegar a Rivas y sus compa\u00f1eros. Sobre ellas ha sostenido que son anteriores a las acciones armadas de Colina, sin embargo no toma en cuenta que las fechas de las felicitaciones coinciden con la desaparici\u00f3n sistem\u00e1tica de estudiantes de la Universidad del Centro, crimen que registr\u00f3 la Comisi\u00f3n de la Verdad y que le corresponde al mismo grupo paramilitar.<br \/>\nQuiz\u00e1 lo m\u00e1s cuestionable del fallo lo constituyan dos apreciaciones aberrantes de Alvarez, insostenibles en un contexto internacional que privilegia la preservaci\u00f3n de los derechos humanos y que ha instituido instancias supranacionales encargadas de resguardarlos y protegerlos. De un lado en su resoluci\u00f3n, Alvarez se\u00f1ala que \u201cla ley de amnist\u00eda comprendi\u00f3 hechos cometidos tanto por militares como por civiles a partir de 1980 hasta 1985 y que adem\u00e1s fue dictado por el Congreso de la Rep\u00fablica y no por el Presidente, a quien s\u00f3lo le correspondi\u00f3 promulgar la manifestaci\u00f3n de la voluntad ciudadana debidamente representada en el parlamento&#8230;\u201d. En otro extremo, sostiene que \u201cla motivaci\u00f3n de estos hechos (las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta) responde al m\u00f3vil puntual e identificable, cuyo origen proviene del Ej\u00e9rcito\u201d. En el mismo sentido, m\u00e1s adelante apunta que el Estado peruano \u201cno aporta ninguna documentaci\u00f3n que sea constitutiva de una prueba directa de participaci\u00f3n de Fujimori&#8230;\u201d.<br \/>\nEs vergonzante que el juez chileno se pronuncie de esa forma respecto a la ley de amnist\u00eda cuando la justicia internacional avanza inexorablemente hacia la prohibici\u00f3n a los estados de este tipo de prebendas y beneficios para violadores de derechos humanos y autores de cr\u00edmenes de lesa humanidad. Alvarez acoge el mismo argumento que el propio Fujimori perfilaba luego de la promulgaci\u00f3n de la ley de amnist\u00eda: no tiene nombre propio y alcanza a militares y civiles.<br \/>\nEs igualmente bochornosa la defensa que hace Alvarez de Fujimori al sostener que las muertes provocadas por un comando perteneciente al Servicio de Inteligencia del Ej\u00e9rcito, obedecieron a pulsiones particulares y no al dise\u00f1o de una pol\u00edtica de Estado contra la subversi\u00f3n, como lo ha se\u00f1alado la propia Comisi\u00f3n de la Verdad.<br \/>\nAs\u00ed tambi\u00e9n lo ha se\u00f1alado la Corte Interamericana de Derechos Humanas, que en sus apreciaciones sobre el grupo Colina, incluidas en la sentencia del caso la Cantuta, expresa lo siguiente: \u00c9ste (Colina) era un grupo adscrito al Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) que operaba con conocimiento de la Presidencia de la Rep\u00fablica y del Comando del Ej\u00e9rcito. Ten\u00eda una estructura jer\u00e1rquica y su personal recib\u00eda, adem\u00e1s de sus remuneraciones como oficiales y sub-oficiales del Ej\u00e9rcito, dinero para gastos operativos y retribuciones econ\u00f3micas personales en car\u00e1cter de bonificaci\u00f3n. El Grupo Colina cumpl\u00eda una pol\u00edtica de Estado consistente en la identificaci\u00f3n, el control y la eliminaci\u00f3n de aquellas personas que se sospechaba pertenec\u00edan a los grupos insurgentes o contrarias al r\u00e9gimen del ex Presidente Alberto Fujimori, mediante acciones sistem\u00e1ticas de ejecuciones extrajudiciales indiscriminadas, asesinatos selectivos, desapariciones forzadas y torturas\u201d.<br \/>\nEl juez chileno requiere una prueba directa, un documento que sustente la participaci\u00f3n de Fujimori en Colina y en la ejecuci\u00f3n de sus cr\u00edmenes. Busca acaso que el Estado peruano le entregue alg\u00fan oficio en el que Fujimori ordena directamente la ejecuci\u00f3n de alguna matanza, o desaparici\u00f3n de alg\u00fan detenido o el secuestro de alg\u00fan sospechoso. Es imposible pensar que el juez Orlando Alvarez ignore que la imputaci\u00f3n de la responsabilidad de Fujimori se construye en la certeza de su \u201cdominio del hecho\u201d, revelado por los mencionados Hermoza R\u00edos y Mart\u00edn Rivas en sus respectivas declaraciones. Frente a ello, la exigencia del aporte de alguna prueba directa de la participaci\u00f3n en estos cr\u00edmenes es una necedad.<br \/>\nPor lo dem\u00e1s, sorprende esta exigencia, en la medida que no es el juez Alvarez el encargado de valorar las pruebas a fin de condenar o absolver al procesado Alberto Fujimori. Para la procedencia de la extradici\u00f3n, el pa\u00eds requirente debe sostener su pedido en indicios razonables de culpabilidad. Los mismos que el Ministerio P\u00fablico y la Procuradur\u00eda Ad Hoc entregaron a la justicia peruana en las denuncias contra Fujimori y que dieron lugar a que se abriera instrucci\u00f3n en su contra, en algunos casos con mandato de detenci\u00f3n.<br \/>\nFujimori cree haber hecho un c\u00e1lculo perfecto. Sus gestiones, y las de sus m\u00e1s serviles esbirros, para postular a la dieta japonesa representando al partido de gobierno han dado resultados. El partido liberal democr\u00e1tico dijo no, pero el Kokumin Shinto, que tiene en sus filas a personajes ligados a la mafia japonesa, acept\u00f3 gustoso. Se entiende por supuesto que el gusto no fue \u00fanicamente provocado por la imagen de Fujiimori.<br \/>\nEn ese contexto, no es dif\u00edcil darse cuenta la estrategia del delincuente japon\u00e9s (puesto que por lo dem\u00e1s, el fallo de Orlando Alvarez ha se\u00f1alado expresamente este extremo de su nacionalidad).<br \/>\nRechazados todos los extremos del pedido de extradici\u00f3n, y eventualmente confirmado ese fallo, Fujimori deber\u00e1 optar por quedarse en Chile, viajar a otro pa\u00eds o regresar voluntariamente a Per\u00fa donde lo esperar\u00eda la prisi\u00f3n que alguna vez construy\u00f3 con la complicidad de su asesor Vladimiro Montesinos. A pesar de la alegr\u00eda que hoy debe embargar a los Fujimoristas, este fallo ratifica el abandono al que su l\u00edder los somete. Fujimori no volver\u00e1 al Per\u00fa. Tampoco, por supuesto, visitar\u00e1 ning\u00fan pa\u00eds respetuoso de los derechos humanos y la justicia internacional. Fujimori ir\u00e1 corriendo al Jap\u00f3n, donde lo esperar\u00e1 la ansiada impunidad, que parece lamentablemente ser el destino de los dictadores de esta parte del continente.<br \/>\nNo deja de sorprender la incongruencia de un Estado azotado por los feroces cr\u00edmenes de una dictadura cruenta como la de Augusto Pinochet, y que breg\u00f3 con insistencia para alcanzar el castigo penal para sus atroces actos de barbarie, env\u00ede a trav\u00e9s de sus \u00f3rganos de justicia el mensaje de no haber aprendido nada del pasado.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Very interesting analysis piece by Julio Arbizu Gonz\u00e1lez for Chile&#8217;s El Mostrador on Judge Alvarez&#8217;s ruling.<\/p>\n","protected":false},"author":331,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7948,7954],"tags":[],"class_list":["post-1607","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-fujimori","category-the-international-context"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1607","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/wp-json\/wp\/v2\/users\/331"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1607"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1607\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1905,"href":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1607\/revisions\/1905"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1607"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1607"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ubc.ca\/peru\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1607"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}