7,543 actas están observadas
Source: La República, 12 de abril del 2006
7,543 actas están bajo la lupa
Por Carolina Martín
La República, 12 de abril del 2006
ONPE Y PARTIDOS LAS OBSERVARON
• Se agudiza la disputa por los votos de las actas electorales observadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales.
• Con resultados tan estrechos, Unidad Nacional y el Partido Aprista Peruano no están dispuestos a perder ni un solo voto.
En unas elecciones en las que los resultados entre el segundo y tercer puesto son tan ajustados, cada voto puede ser definitorio. Por eso tanto Alan García como Lourdes Flores prestan especial vigilancia a universos electorales como el voto rural o el voto en el extranjero. Un contexto además en el que cualquier voto anulado puede ser esencial para inclinar la balanza hacia el lado del Partido Aprista o al de Unidad Nacional. De ahí la trascendencia de las actas observadas y su final resolución.
Según el último reporte de la ONPE, emitido a las 4 de la tarde de ayer, 7 mil 543 actas habían sido observadas por los funcionarios de los distintos centros de cómputo del organismo electoral.
La mayor parte de ellas por error material (4,740) o por la ilegibilidad de los datos consignados en ellas (2,387). Un total de 409 por votos impugnados, y tan sólo 7 por solicitud de nulidad de alguno de los personeros legales de los partidos, por considerar alguna anomalía en el proceso de constitución del acta. El total de actas observadas representa un millón 400 mil votos, es decir, el 7.1% de la totalidad de los electores.
Para despejar de cuál candidato serán o dejarán de ser esos votos, deberemos esperar al menos dos semanas. Y eso que Enrique Mendoza, presidente del JNE, anunció la máxima celeridad en el trabajo del organismo que representa y precisó que las actas observadas estarían resueltas en un máximo de diez días. Eso sí, a contar desde que la ONPE les haya remitido el material. Y ésta no habrá terminado su labor hasta el viernes.
El trabajo de clasificación de las actas es una labor ardua y meticulosa que se hace en los centros de cómputo distribuidos por todo el país. Una vez que se clasifica un acta como observada, ésta pasa inmediatamente a disposición del Jurado Electoral Especial que le corresponde (hay 38 en todo el territorio nacional), el cual cuenta con un equipo de abogados que se encargarán de resolver la tacha. Si el partido afectado no está de acuerdo con la decisión, entonces puede apelar en segunda y última instancia ante el JNE.
Una labor que Enrique Mendoza garantizó con las siguientes palabras: “El país puede tener la seguridad de que tanto los JEE como el JNE actuarán con celeridad e imparcialidad en la resolución de las observaciones presentadas”, aseguró el presidente del máximo tribunal electoral.
Cabe recordar que las actas observadas no entran en el escrutinio oficial de la ONPE hasta que no hayan sido totalmente resueltas.
¿Cuál es el proceso de las observaciones e impugnación de actas electorales?
El Comercio, 12 de abril del 2006
Cerradas las mesas de votación el último 9 de abril, los miembros de mesa procedieron a vaciar la información de las cédulas de sufragio en las actas electorales. Los juegos fueron colocados en cinco sobres de colores distintos. La del sobre plomo directamente para el cómputo; el celeste para los jurados electorales especiales (JEE), que deben resolver en primera instancia; el verde para el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que debe resolver en última instancia; uno rojo para la misma ONPE como medida de contingencia y finalmente un quinto sobre para los personeros de cada grupo político. Es decir, los JEE empezarán a resolver observaciones o impugnaciones recién cuando reciban sus sobres celestes.
1. Una vez que la ONPE empieza a computar los sobres plomos, se puede presentar dos escenarios de observaciones: el acta puede contener un error material, por ejemplo en la suma o en las firmas. Una situación más grave es si llega incompleta. En esos casos el sistema no las recibe, las rechaza y las separa para que sea derivada al JEE.
2. Otro caso de observación puede ocurrir cuando a la hora de digitar alguna cifra esta no es legible por tener un borrón, marca o tachado hecho por un tercero. En ese caso se trata de actas con un problema de ilegibilidad.
3. También tenemos las impugnaciones de voto que hicieron los mismos personeros en las mesas, ya sea por defender la validez de un voto. Pero los miembros de mesa pudieron haber discrepado. Entonces se impugnó el acta y no puede ser computada hasta que el JEE resuelva, que solo en este caso viene a ser la última instancia.
4. En todos los anteriores casos el respectivo JEE resuelve en primera instancia, pero su veredicto puede ser apelado en última instancia por el JNE. Sin embargo, si el primero no llega a objetar nada, se le indica a la ODPE correspondiente que proceda a ingresar la información en cuestión.
5. Un ejemplo. Supongamos que una determinada ODPE no ha computado el acta 246855 porque no hay la certeza de que un dígito sea 8 o 3. Por estar ilegible dicha acta pasa al JEE. ¿De qué manera? La ODPE le envía al JEE un sobre plomo con un reporte de sistema indicando que un dato no está bien escrito. Entonces el JEE recibe la observación, coteja con su sobre celeste y observa cuál es la cifra que allí aparece. Si en este aparece 8 entonces emite una resolución indicándole a la ODPE qué cifra corresponde.
6. Si esta acta no es apelada por algún personero, se devuelve a la ODPE para que proceda a colocar la cifra correcta allí donde tenía la duda.
7. Ahora, si la resolución del JEE es apelada, será el JNE el que resuelva en última instancia, previa consulta con su sobre verde.
8. A medida que los jurados electorales vayan resolviendo, el cómputo de resultados se irá incrementando. Recordemos que se procesarán poco más de 88 mil actas.